EL CONGRESO APRUEBA EL DESALOJO EXPRÉS DE PISOS “OKUPADOS”

 

Adentrándonos en un tema tan controvertido como es el desalojo de Okupas y que ha suscitado constantes opiniones contradictorias.

Desde TOSCANOLEX queremos ponerles en conocimiento la aprobación de una nueva ley exprés con el fin primordial de AGILIZAR EL DESALOJO DE OKUPAS.

El Congreso de los Diputados ha aprobado la denominada ley exprés de desahucio con el propósito de acelerar el desalojo de inmuebles de particulares, ONG o entidades públicas con fines sociales, previéndose que el desahucio se produzca en menos de 20 días. Sin embargo quedan excluidos de dicha regulación los de entidades financieras.

Por ello, podrán solicitar “la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento”.

Tanto, “desalojo de okupas” las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas propietarias o poseedoras legitimas de vivienda social.

En primer lugar se procederá a remitir a los ocupantes, inclusive aunque no se hallen en ese preciso momento en la vivienda, notificación exigiéndoles que demuestren que la vivienda es suya.

A partir de ese momento, se le es exigirá a los mismos que justifiquen y demuestren la propiedad del inmueble. Para el caso de no aportarse justificación suficiente, el tribunal, ordenara mediante auto la inmediata entrega de la posesión de la vivienda.

Otro punto más que relevante para favorecer dicha agilización, es que la sentencia, será dictada de inmediato en el caso de que el demandado no contestara al requerimiento en el plazo previsto de 5 días.

Muchas son las novedades que conlleva la implantación de la referida ley, por ello, no dude en ponerse en contacto con nosotros TOSCANOLEX ABOGADOS, estaremos a su entera disposición para proporcionarle tanto la ayuda como información que necesite con respecto al desalojo de Okupas

 

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