Impago de Pensión de Alimentos
en Torremolinos, Marbella e Ibiza
Agilidad, Rigor
y Excelencia
Sabemos lo que hacemos y como tenemos que hacerlo.
Hablamos
Idiomas
Transparencia en
nuestros honorarios
Transparencia en nuestros honorarios y facilidades de pago.
Abogados expertos en pensiones alimenticias
Demanda civil o denuncia penal
Después del proceso de divorcio es posible que se produzcan impagos de la pensión alimenticia, estos escenarios se han agravado con la crisis económica y se han hecho más comunes en los divorcios, por lo que en nuestro despacho de abogados de Torremolinos y Fuengirola a menudo nos preguntan si es necesario iniciar una demanda por no pagar la pensión de alimentos y cuáles son los diferentes caminos para hacerlo. El impago de 2 meses seguidos o 4 meses no consecutivos , es considerado delito según nuestro código penal.
No dudes en contactar con nuestro equipo de abogados para resolver todas tus dudas y proceder con las acciones legales pertinentes.
Somos tus abogados de confianza
Elige experiencia y profesionalidad.
En Toscanolex, estamos para ayudarte, somos un bufete de referencia, tanto si se trata de un divorcio como para la denuncia por impago de pension de alimentos tendrás el apoyo legal de un abogado especialista en divorcios. Para que la demanda tenga el efecto que necesitas, que en esta ocasión es que la persona demandada pague la pensión de alimentos, o que al menos no siga incumpliendo con su obligación, debemos estudiar bien tu caso, ser prácticos y ver qué es lo que más te conviene, porque todo esto no lo hacemos para perjudicar al otro, sino para obtener lo que el juez dictaminó, por lo que es muy importante que te asesores con un abogado especialista en divorcios.
Es importante que sepas que hay algunos supuestos en los que es complicado demostrar los bienes económicos del demandado, es por ello que es muy importante que el abogado conozca plenamente la vía a utilizar.
Determinar una pensión alimenticia justa es esencial para garantizar el bienestar de los hijos tras una separación. La pensión de alimentos está regulada en el artículo 142 del Código Civil y abarca todo lo que sea indispensable para el sustento, vestido y asistencia médica, así como la educación. Ambos progenitores cuentan con esta obligación con respecto a sus hijos. Debemos diferenciar la pensión de alimentos y los gastos extraordinarios. Si se ha dictado una sentencia de separación o divorcio, y se resuelve que la custodia la ostente uno de los progenitores, el progenitor no custodio está obligado a pagar una pensión alimenticia.
Cuando se produce la falta de pago de esta pensión, existen dos vías para reclamarla:
- La vía civil: ejecución de pensión de alimentos | Se procede a embargar al progenitor que no ha pagado (cuentas bancarias, nóminas, pensiones, coches, inmuebles, devoluciones de Hacienda, etc.)
- La vía penal: existe un delito por impago pensión de alimentos | Regulado en el Código Penal en el artículo 227, se produce cuando no se paga la pensión de alimentos durante 2 meses consecutivos o 4 meses de forma alterna. En este caso, se reclamarán al deudor consecuencias penales que pueden ir desde 3 meses a 1 año, o se establecerán multas a pagar a lo largo de un periodo de 6 a 24 meses.
Toscanolex te asesora en el cálculo y ajuste de la pensión alimenticia según las circunstancias familiares. Defendemos tus derechos tanto en la solicitud inicial como en los procesos de modificación o incumplimiento, siempre con un enfoque en el interés superior de los hijos y en el cumplimiento de las obligaciones: