𝗡𝗼𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮𝘀 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗺𝗼𝗿𝗼𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀.

𝗺𝗼𝗿𝗼𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀

𝗡𝗼𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮𝘀 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗺𝗼𝗿𝗼𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀..

Buenos días, hoy la compañera Abogada de Derecho Civil y Penal Sandra López nos comenta la siguiente noticia.

𝗥𝗘𝗖𝗔𝗥𝗚𝗢 𝗗𝗘𝗟 10% 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗖𝗨𝗢𝗧𝗔 𝗖𝗢𝗠𝗨𝗡𝗜𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔 𝗔 𝗟𝗢𝗦 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗜𝗘𝗧𝗔𝗥𝗜𝗢𝗦 𝗠𝗢𝗥𝗢𝗦𝗢𝗦.

Si tenéis morosos en vuestra comunidad de Propietarios, existe un método legal de persuasión para intentar que paguen la deuda, esto es aplicarle un recargo máximo del 10%, esto es, si no paga la cuota mensual, demás de la cuota en curso se le sumará el 10% de la misma.

M𝗼𝗿𝗼𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀

Por ejemplo, si la cuota mensual es de 100,00€, el recargo sería de 10,00€, esto es, tendría que pagar

110,00€.

Para que se pueda exigir se tienen que cumplir los siguientes requisitos:.

1.- Establecer como punto del orden del día en la Convocatoria de Junta de Propietarios, someter a votación el recargo del 10%.

2.- En la Junta de Propietarios aprobar por mayoría simple el acuerdo propuesto.

3.- El recargo debe de ser máximo del 10%.

4.- El recargo se aplicará desde la publicación del acta de la Junta de Propietarios.

En Toscanolex, somos especialistas en Ley de Propiedad Horizontal, si tiene cualquier duda, no dudes en contactar con nosotros.

Si tienes un caso de 𝗺𝗼𝗿𝗼𝘀𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗻 𝗖𝗼𝗺𝘂𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀, puedes llamarnos para realizar su consulta en el teléfono que aparece a continuación, y una compañera le atenderá encantada.

☎ 951253217.

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