¿SABES QUE PUEDES DONAR A TUS HIJOS CON UN MINIMO COSTE?
Real Decreto Legislativo 1/2019 de 9 de abril introduce una bonificación del 99% del importe a abonar en las donaciones en vida, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que se realice a descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- La donación puede ser de una propiedad o de dinero.
- Debe hacerse ante notario para beneficiarse de la bonificación en el pago del impuesto.
- El origen del dinero debe ser debidamente justificado. (Ejemplo: ahorros del trabajo, venta de propiedad)
- Pueden beneficiarse de esta bonificación los residentes y los no residentes en España.
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Royal Legislative Decree 1/2019 of April 9 introduces a bonus of 99% of the amount to be paid in living donations, provided that the following requirements are met:
• That it is made to descendants, adoptees, spouses, ascendants and adopters.
• The donation can be of a property or money.
• It must be done before a notary to benefit from the bonus in the payment of the tax.
• The origin of the money must be duly justified. (Example: savings from work, sale of property) • Residents and non-residents in Spain could benefit from this bonus.
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