SENTENCIA NOVEDOSA: CONDENAN A UNA COMUNIDAD PROPIETARIOS POR HABER PROHIBIDO EL ALQUILER VACACIONAL
Por medio de este artículo te vamos a informar de una Sentencia novedosa: Condenan a una comunidad propietarios por haber prohibido el alquiler vacacional.
Lo cierto es que el Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Córdoba, en una Sentencia reciente aborda este asunto. En dicha Sentencia se aclara que DEPENDE de la situación, la Comunidad de Propietarios podrá o no limitar dicho alquiler vacacional.
En la Sentencia se dispone que, aunque el artículo 17.12 de la LPH establece la posibilidad de limitar la actividad de alquiler vacacional mediante el voto de tres quintas partes del total de los propietarios, esto no siempre es ser así: no se puede prohibir de forma general e injustificada una actividad que es legal y lícita.
La resolución nos recuerda que el derecho a la propiedad privada y a la libertad de empresa son derechos fundamentales y no pueden ser restringidos si no es mediante una ley.
En consecuencia, esta particular Sentencia aclara que cualquier acuerdo de la Comunidad de Propietarios que limite sin motivo justificado dicho alquiler, será nulo en cualquier caso.
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