¿INCLUIRME EN UN FICHERO DE MOROSOS SIN REQUERIRME PREVIAMENTE EL PAGO?

¿INCLUIRME EN UN FICHERO DE MOROSOS SIN REQUERIRME PREVIAMENTE EL PAGO?

Si te has preguntado alguna vez si pueden ¿INCLUIRME EN UN FICHERO DE MOROSOS SIN REQUERIRME PREVIAMENTE EL PAGO?, este POST te interesa.

La Sentencia del Tribunal Supremo 672/2020, de 11 de diciembre, versa sobre la inclusión en un fichero de morosos por parte de la financiera de “El Corte Inglés”.

El afectado, tras conocer que había sido incluido en un registro de morosos decidió demandar a la financiera. El afectado se basaba en que dicha inclusión habría provocado una lesión a su Derecho al honor, así como vulnerando la normativa de protección de datos.

¿INCLUIRME EN UN FICHERO DE MOROSOS SIN REQUERIRME PREVIAMENTE EL PAGO?

Para que puedan incluirte en un fichero de morosos, la normativa exige primero de todo que, la deuda ha de ser cierta, líquida y exigible. Asimismo, se establece que el requerimiento previo de pago por parte de la financiera es OBLIGATORIO.

¿Qué es lo que se pretende evitar con este requerimiento previo? Se pretende evitar que se encuentren incluidos en estos registros personas que, por un simple descuido, por un error u otros motivos ajenos, han dejado de hacer frente a una obligación dineraria.

Así, la Sentencia establece que la inclusión de un cliente en un fichero de morosos sin haber efectuado con garantías de recepción un requerimiento de pago previo, es contraria a la normativa y, al dañar el Derecho al Honor y el Derecho a la Protección de Datos, da lugar a una indemnización de 3.000 euros por los daños morales causados.

En ToscanoLex somos especialistas en Derecho Civil, puedes consultarnos para cualquier tema relacionado con reclamaciones dinerarias, inclusión en ficheros de morosos o, en general, para hacer valer tus Derechos.

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